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Vocero del PLD acusa a Abinader de querer estar bien con todo el mundo

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Lorenzo informó que el gobierno ha podido aprobar el Código "pero no lo ha hecho porque juega con el sentimiento de la gente".
Lorenzo informó que el gobierno ha podido aprobar el Código "pero no lo ha hecho porque juega con el sentimiento de la gente".
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SANTO DOMINGO. -El vocero del bloque de senadores del Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Iván Lorenzo, afirmó que el Código Penal no se aprobó en la presente legislatura debido a los «jueguitos» del gobierno de Luís Abinader que quiere estar bien con todo el mundo.

Dijo que en el país todo el mundo sabe que el Partido Revolucionario Moderno (PRM), y su entonces candidato Abinader en la pasada campaña electoral se comprometieron con las tres causales, sin embargo, después echaron para atrás por no caer en desgracia con los sectores que se oponen al aborto.

«El gobierno ha estado jugando con eso, porque ellos se comprometieron con las mujeres y las tres causales y no han querido cumplirle y dijo que en la democracia hay que aprender a ceder, por ejemplo, yo no estaba de acuerdo con que se castigue la interrupción del embarazo cuando se trate de las tres causales, pero en hara de que haya un Código tengo que ceder y lo hice en el Senado», sostuvo.

Lorenzo informó que el gobierno ha podido aprobar el Código «pero no lo ha hecho porque juega con el sentimiento de la gente».

En el año 2014 el entonces presidente Danilo Medina, vetó el Código Penal aprobado por ambas cámaras porque mantenía la penalización del aborto. En ese entonces el mandatario plantó a los legisladores no criminalizar el aborto en ciertas circunstancias, como es el caso de las tres causales.

El 20 de diciembre del 2016 meses después de haber asumido su segundo mandato volvió observar la pieza que había sido convertido en ley nuevamente por senadores y diputados.

Las tres causales que fueron sacadas del Código Penal para facilitar su aprobación establecen que se pueda abortar cuando el embarazado sea producto de violación, rapto, estupro o incesto, la vida de la madre esté en peligro, siempre que su interrupción se realice dentro de las primeras 12 semanas de gestación, siempre y cuando el hecho haya sido denunciado o se compruebe que la víctima fue imposibilitada de hacerlo.

También, cuando una malformación congénita del feto, previa certificación médica, demuestre que la vida del concebido se considere inviable; además, cuando se agoten todos los medios «científicos y técnicos» disponibles para salvar ambas vidas, «hasta donde sea posible».

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