SANTO DOMINGO. – El Tribunal Constitucional (TC) dejó en estado de fallo diez expedientes de acción directa de inconstitucionalidad declarando de urgencia dos de dichos expedientes relacionados con la Ley Orgánica del Régimen Electoral y el Reglamento sobre la Distribución de la Contribución Económica del Estado a los Partidos Políticos, respectivamente.
En la audiencia pública celebrada este lunes 10 de junio en la sala augusta de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), junto a todos los integrantes del Pleno de jueces, el presidente del órgano jurisdiccional, magistrado Milton Ray Guevara, subrayó que la medida procura facilitar el desarrollo del proceso electoral del año 2020.
El Pleno declaró de urgencia y en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0013, en el que accionó el Partido Revolucionario Social Demócrata (PRSD) y se concedió un plazo de dos días calendario para que el accionante y la contraparte ampliaran el dispositivo de sus conclusiones.
El representante del PRSD, Amaury Reyes, abogó por la nulidad de varios artículos del Reglamento sobre la Distribución de la Contribución Económica del Estado a los Partidos Políticos para el año 2019, del 3 de abril de 2019 y que se declare no conforme con la Constitución.
El TC también declaró de urgencia y en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0007 en el que la Fundación Prensa y Derecho, Inc. y Namphi A. Rodríguez, quien se representó a sí mismo, atacaron el artículo 284, numeral 18, de la Ley número 15-19, Orgánica de Régimen Electoral, del 2019.
De igual forma quedó el expediente TC-01-2019-0003 en el que la Defensora del Pueblo atacó los artículos 7 y 8 del Decreto 398-03, que crea e integra el Patronato Cueva de las Maravillas, dictado por el Poder Ejecutivo en el 2003.
El órgano jurisdiccional declaró en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0004 en el que la empresa Avelock Dominicana S.R.L. atacó el Laudo Arbitral número 1606282, emitido por el Centro de Resolución Alternativa de Controversias de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo Inc. en 2018.
Asimismo, se dejó en estado de fallo el expediente TC-01-2019-0006 en el que sus accionantes, José Bernabé Quiterio, Richard Lisandro Hernández Pimentel y compartes atacaron los artículos 1 y 3, de la Ley 16-19, que prohíbe el uso de la hookah en lugares públicos y privados, emitido en febrero y diciembre de 2019.
Otro caso dejado en estado de fallo fue el TC-01-2019-0008, en el que no compareció ningún representante de Wilda Escolástico Quiroz, quien actuó contra el artículo 33, de la Ley número 138-11, Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura, del 21 de junio de 2011.
Quedó en igual situación el expediente TC-01-2019-0009, en el que accionó la Asociación Nacional de Agencias Distribuidoras de Vehículos, Inc. (ANADIVE) contra los artículos primero y segundo de la Resolución Municipal número 21/96 del 1996, dictada por la alcaldía del Distrito Nacional, los cuales regulan el cobro de arbitrios por concepto de utilización de rampas de acceso.
Los jueces también declararon en estado de fallo los expedientes TC-01-2019-0010, TC-01-2019-0011 y TC-01-2019-0012, presentados por los accionantes Cámara Minera Petrolera de la República Dominicana (CAMIPE), Robert A. García, así como Juan Manuel García Gómez y Miguel Ángel Rodríguez R., respectivamente. Estos dos últimos no comparecieron a la audiencia.