SANTO DOMINGO. –El Ministerio de Trabajo reitera a los empresarios y trabajadores que la festividad del Día Internacional del Trabajado, el primero de mayo, no se cambia, como establece la Ley 139-97 sobre días feriados.
La ciudadanía deberá reintegrarse a sus labores el lunes 3 de mayo y, en el caso de las empresas, por su naturaleza deben permanecer abiertas al público, los trabajadores deberán recibir una remuneración adicional de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo.
La celebración de estas fechas de conformidad con lo establecido por la legislación dominicana deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.