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Aplazan coerción a Luis Alberto Brito implicado en muerte de Joshua Omar Fernández

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Aplazan coerción a Luis Alberto Brito implicado en muerte de Joshua Omar Fernández
Aplazan coerción a Luis Alberto Brito implicado en muerte de Joshua Omar Fernández
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SANTO DOMINGO. –El Juzgado de Atención Permanente del Distrito Nacional aplazó para el próximo miércoles 24 de mayo, a las 9:00 de la mañana, la audiencia en la que conocerá la solicitud de medidas de coerción contra Luis Alberto Brito Troncoso, a quien el Ministerio Público le imputa la muerte a balazos del joven Joshua Omar Fernández Decena. 

El magistrado Rigoberto Sena adoptó la decisión al acoger un pedimento de la defensa técnica del imputado, quien argumentó que necesita tiempo para conocer el expediente y preparar los presupuestos que permitan realizar la defensa adecuada y obtener la libertad de su defendido. 

El hecho en que el que perdió la vida Joshua Omar ocurrió la madrugada del 16 de abril pasado, cuando salía de la discoteca Bar Kiss, ubicada en la calle José Amado Soler, ensanche Naco, Distrito Nacional, donde celebró su cumpleaños junto a un grupo de amigos. 

La instancia con la solicitud de imposición de medida de coerción detalla que Luis Alberto Brito Troncoso se asoció con los imputados Wesly Vicent Carmona Corcino (El Dotolcito), Alison de Jesús Pérez Mejía (Chiquito), presos en Najayo, para cometer el asalto contra Isanel Morel Encarnación, Alberto José Reyes Jiménez y Misael Morel Encarnación y que cuando se retiraban del lugar hicieron varios disparos, uno de los cuales impactó a Joshua Fernández Decena, provocándole la muerte 

Según el acta de levantamiento de cadáver realizado por el Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), que figura anexa en el expediente, el joven Joshua Omar falleció debido a heridas por proyectil de arma de fuego en región frontal izquierda y salida en región occipital izquierda. 

La Fiscalía del Distrito Nacional, representada por la fiscal litigante Yanit Pujols Casado, solicitó al tribunal imponer un año de prisión preventiva al encartado, afirmando que este no ofrece garantía para presentarse a los actos del procedimiento y someterse a los mismos, en razón de que no cuentan con el arraigo ni los presupuestos suficientes para descartar el peligro de fuga.  

El órgano acusador otorgó al presente caso la calificación jurídica de “Homicidio voluntario, robo agravado, uso ilegal de armas de fuego y asociación de malhechores”, delitos que están tipificados por los artículos 265, 266, 295, 302, 379 y 385 del Código Penal Dominicano, así como los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados. 

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