Santo Domingo.– En el Congreso Nacional se discute actualmente una reforma integral a la Ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), con propuestas que abarcan cambios en los regímenes de pensiones, salud y riesgos laborales. Aunque se trata de un paso necesario, diversos sectores sociales consideran que el proyecto es insuficiente para corregir las desigualdades del modelo vigente, especialmente en lo relativo al sistema de reparto estatal contemplado en la Ley 379-81.
Según explicó la articulista Tomasina Tolentino de Mckenzie, esta normativa establece que los trabajadores deben haber cotizado al menos 20 años y tener 60 años de edad para acceder a una pensión por antigüedad. Quienes no cumplen con ese mínimo, incluso si han contribuido durante 19 años, quedan automáticamente excluidos del derecho a pensión. Esta situación afecta a miles de empleados públicos, quienes ven frustrados sus esfuerzos de años sin una retribución justa en su vejez.
Tolentino de Mckenzie destaca que, frente a esta realidad, diversos actores sociales proponen que la reforma contemple medidas que reconozcan los aportes realizados, tales como:
- Devolución de aportes con valor presente neto: Para aquellos que no alcanzaron los 20 años de cotización, se plantea devolver sus aportes ajustados al valor presente neto, tomando como base la rentabilidad promedio de las AFP. Esto permitiría reconocer su esfuerzo sin que sus contribuciones se pierdan en el sistema.
- Pensión proporcional por tiempo cotizado: Los trabajadores que hayan cumplido al menos el 75 % del tiempo requerido —equivalente a 15 años— deberían tener derecho a una pensión proporcional. Es decir, si cotizaron por el 80 % del tiempo exigido, recibirían un 80 % del monto total correspondiente.
La articulista recuerda que una problemática similar enfrentan los cotizantes bajo la Ley 1896 sobre Seguros Sociales, que exige un mínimo de 400 cotizaciones para acceder a la pensión mínima de RD$10,000.00. Sin embargo, debido a deficiencias en el manejo de los archivos en instituciones públicas, muchos afiliados no pueden demostrar su historial y, por tanto, quedan fuera del sistema de beneficios.
Tolentino de Mckenzie también señala que, en este contexto, organizaciones como la Confederación Sindical de Trabajadores de las Américas (CSA) y centrales sindicales nacionales abogan por un modelo de reparto público, solidario y justo. Estas entidades respaldan que la reforma de la Ley 87-01 se alinee con el Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en busca de un sistema universal, equitativo y libre de la lógica del lucro financiero.
Finalmente, la autora enfatiza que la actual discusión parlamentaria sobre la Ley 87-01 representa una oportunidad histórica para transformar el sistema de seguridad social en uno más justo y sostenible. Para lograrlo, considera imprescindible que el sistema de reparto sea fortalecido e integrado plenamente, que se reconozcan los aportes mediante mecanismos como el valor presente neto y que se implementen pensiones proporcionales, a fin de garantizar una vejez digna para todos los trabajadores del país.



