SANTO DOMINGO. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) declara inadmisible de oficio el recurso de amparo preventivo de extrema urgencia que buscaba anular la convocatoria de la convención de dirigentes del Partido Revolucionario Dominicano (PRM), para la reforma de los Estatutos.
Los magistrados Ygnacio pascual Camacho Hidalgo, presidente; y los jueces titulares Juan Alfredo Biaggi Lama, Rosa Pérez de García, Pedro P. Yermenos Forastieri y Fernando Fernandez, declararon la inadmisibilidad por falta de calidad, legitimación procesal pasiva, de acuerdo a lo que establece el artículo 21 de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, número 33-18 y el artículo 83 del reglamento de procedimientos contencioso electorales, luego de oír los argumentos de las partes.
La instancia de amparo fue sometida por los perremeistas Miguel Ángel Severino, Andrés Cervantes Díaz, Milton Olivo Peña y Antonio Duran Almonte en contra del presidente del PRM José Ignacio Paliza y la Dirección Ejecutiva de ese partido.
Los accionantes, representados por el abogado Federico Marín Estrella, pidieron al tribunal anular la aprobación de las reformas estatutarias y la convocatoria la asamblea de delegados del partido de gobierno por entender que contravienen la Constitución, la ley electoral y los estatutos de la organización política, al conferir a los militantes y dirigentes la potestad de elegir y ser elegidos y de decidir sobre los asuntos internos y relevantes del PRM.
Mientras, el las autoridades del partido oficialista solicita que sea declarada la acción de amparo inadmisible por notoria improcedencia, al considerar que no se ha afectado ningún derecho fundamental a los accionantes ni violado el artículo 39 de la Constitución sobre el derecho a la igualdad.
Las autoridades del PRM estuvieron representadas por los abogados Carlos Manuel González y Edison Joel Peña.