El Tribunal Constitucional ordenó a la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), proceder de manera inmediata en la devolución de un automóvil incautado por esa institución.
El vehículo propiedad de Pedro Antonio Reyes Garo deberá ser entregado en un plazo no mayor de 15 días, a partir de la notificación de la sentencia.
De igual forma el TC impuso el pago de un astreinte de 5,000 pesos por cada día de retardo en la ejecución de la sentencia, en contra de la DNCD y a favor de Reyes Garo, al acogerle un recurso de revisión de amparo.
El origen del conflicto fue la incautación, por parte de la DNCD del automóvil marca Toyota, modelo Tacoma, color plateado, año 2008, que reclamó en calidad de propietario Reyes Garo.
Debido que la DNCD se negó a devolverlo, el señor Pedro Antonio Reyes Garo presentó una acción de amparo, la cual fue declarada inadmisible por el tribunal penal.
Inconforme con esa decisión, Pedro Antonio Reyes Caro interpuso un recurso de revisión ante el Tribunal Constitucional, el cual fue acogido, la igual que la acción de amparo.
El TC, revocó la sentencia 046-2019-SSEN 00120, dictada por la Octava Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional el 31 de julio de 2019.