SANTO DOMINGO.-Dentro de las atribuciones del Congreso Ordinario del Partido de la Liberación Dominicana está la de establecer la teoría oficial y fijar los principios básicos en que se sustenta la organización, aprobar o modificar los Estatutos del Partido, dar acta de la elección y proclamar a los miembros del Comité Central, explica el PLD en un despacho de su Secretaría de Comunicaciones, refrendando las explicaciones dadas en la víspera por el Presidente de la organización, Temístocles Montás
En el Congreso Ordinario del PLD “se elige el Comité Central y el Comité Central elige el Comité Político; obviamente ese Congreso que se va a desarrollar en el plazo indicado tiene también la potestad de producir modificaciones estatutarias, las que pueden introducir cambios en la manera de elegir los integrantes de la dirección partidaria” explicó Montás para responder una inquietud periodística.
En ese sentido dijo que se debe esperar el desarrollo del Congreso para, al final, saber lo referente a la composición de la dirección partidaria
En la reunión del pasado sábado el Comité Político del PLD fijó el inicio del IX congreso ordinario para el 4 octubre, para concluir el 15 de diciembre, fecha del aniversario de la celebración del Congreso Constitutivo del Partido en 1973.
Los Estatutos del PLD definen su Congreso como el más alto organismo de dirección partidaria porque involucra a sus dirigentes y miembros en la reelaboración de sus estructuras, línea política, estatutos, teoría oficial y sobre los principios básicos en que se sustenta la existencia y razón de ser de la organización política.
“El Congreso es quien elige las autoridades partidarias” fue la explicación final de Temístocles Montás al finalizar la reunión del Comité Político del PLD, en la que en otro punto decidió también cambiar para el primer domingo del mes sus reuniones en lugar de los lunes.