Santo Domingo, R.D. – La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) hizo un llamado urgente a los familiares de afiliados fallecidos desde el año 2003 hasta la fecha, así como a personas mayores de 60 años que en algún momento cotizaron en una AFP y no han recibido sus fondos, a reclamar los beneficios acumulados en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). Estos recursos, por desconocimiento o falta de información, no han sido solicitados.
El director de la DIDA, Elías Báez, informó que actualmente existen más de 117 mil cuentas de afiliados fallecidos cuyos recursos permanecen en las AFP sin que sus beneficiarios legales hayan iniciado el proceso de reclamación. “Se trata de dinero y beneficios que, por derecho, corresponden a sus familiares, ya sea en forma de devolución de saldo o como pensión de sobrevivencia”, puntualizó.
Acompañamiento personalizado y gratuito
La DIDA, en cumplimiento de su mandato legal de orientar, asistir y defender a los afiliados y sus familias, ha puesto en marcha un plan especial de acompañamiento para facilitar los trámites requeridos en estos casos. La institución ofrecerá orientación directa y gratuita, con el objetivo de garantizar que ningún derecho quede sin ser reclamado.
“Sabemos que muchas familias no han accedido a estos beneficios simplemente por falta de información o porque el proceso les resulta complejo. Por eso, desde la DIDA brindamos apoyo en cada paso, para asegurar que los fondos acumulados lleguen a quienes legalmente les corresponden”, señaló Báez.
¿Quiénes pueden reclamar?
Los beneficiarios legales son, en primer lugar, los familiares directos del afiliado fallecido: esposo/a e hijos; y en ausencia de estos, los herederos legales. Para acceder a los fondos deben presentar la documentación requerida e iniciar el proceso de reclamación.
En muchos casos, los recursos han permanecido durante años sin ser reclamados, generando intereses a favor de los herederos. Este derecho ha sido reafirmado por la sentencia TC 305-25 del Tribunal Constitucional, que reconoce de manera retroactiva el acceso a la pensión de sobrevivencia.
Llamado a las AFP
El director de la DIDA exhortó a las Administradoras de Fondos de Pensiones a colaborar activamente para garantizar la devolución de aportes a los herederos legales o la entrega de la pensión correspondiente, según cada caso.
“Las AFP deben sumarse a este esfuerzo. No puede haber recursos acumulados de personas fallecidas mientras sus familias enfrentan dificultades económicas. Cada peso sin reclamar en las cuentas es un derecho postergado”, manifestó Báez.
Canales de atención y contacto
La DIDA ha puesto a disposición de la ciudadanía distintos canales para facilitar el acceso a este servicio:
Línea gratuita DIDA 24/7: 809-472-1900 (el horario con menor tiempo de espera es a partir de las 6:00 p.m.)
Chat en línea: www.dida.gob.do
Correos electrónicos: [email protected] / [email protected]
Redes sociales: @DIDARDO (Instagram, Facebook y X/Twitter)
16 oficinas y puntos de atención GOB en todo el territorio nacional
Compromiso institucional
La DIDA reiteró su compromiso de garantizar el acceso a los derechos adquiridos por los afiliados del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) y de acompañar a sus familias en el ejercicio pleno de esos derechos, aún después del fallecimiento del titular.
“Nos mueve la convicción de que los derechos no mueren con el afiliado. Nuestro deber es velar porque la voluntad de quienes aportaron al sistema sea respetada y sus seres queridos reciban lo que les corresponde”, concluyó Báez.




