SANTO DOMINGO. – El abogado penalista Cándido Simón afirmó que la variación de la medida de coerción de Alexis Medina, Fernando Rosa y otros implicados en el denominado caso “Antipulpo”, fue una crónica anunciada porque la ley establece que en casos complejos el plazo máximo de privación de libertad, sin sentencia condenatoria, es de 18 meses.
Simón explicó que si hay una sentencia condenatoria se extiende por seis meses más, en la hipótesis de que se tratara de un caso ordinario sería por 12 meses, y consecuentemente, si pasó ese tiempo sin que la causa de la extensión del tiempo sea atribuible a los imputados el juez debe cambiar la prisión preventiva por otra medida de coerción.
“La diferencia entre estar preso en la cárcel y estar preso en la casa es el sitio donde está cumpliendo la privación de libertad. Es una prisión preventiva en sede carcelaria o domiciliaria. Considero que no debe combinarse con ninguna otra medida, porque la ley así lo dice”, expresó el abogado al ser entrevistado en el programa Toque Final con Julio Martinez Pozo, que se transmite por Antena 7.
En ese sentido, dijo que impedimento de salida no se puede combinar con arresto domiciliario porque ya el imputado está privado de libertad, tras destacar, que la razón por la cual se consignó en el Código Procesal Penal no combinar ninguna otra medida de coerción con la prisión es porque constituye la medida más drástica.
Al preguntarle si comparte la opinión del procurador adjunto Wilson Camacho de que la flexibilización de la coerción obedece a un desconocimiento de la complejidad de los procesos que se llevan a cabo y que la justicia no tiene la capacidad física ni jurídica para conocerlos, el destacado abogado Simón indicó que el Ministerio Público no quiere entender que la prisión es la excepción y la libertad es el estado natural de las personas.
“Lo que no logro comprender es que Mirian German comparta y permita eso. Hay muchas personas que tienen arraigo en el país, no tienen para donde salir y a algunos no les hace sentido salir del país, sino confrontar el proceso”, manifestó.
Recordó que en el Caso Odebrecht gritaban “prisión” y después en la Suprema Corte de Justicia cambiaron la medida de coerción.
Precisó que lo grave es que como consecuencia de la actitud de la actual gestión del Ministerio Público de insistir en la prisión eso pone más presión, ya que cuando entra una persona en sede carcelaria empieza lo que él llama “el cómputo o reloj constitucional”.
En ese sentido, Simón consideró que después se tiene la presión de que todos los días se acepte a los abogados en sedes judiciales solicitando el cambio de medida de coerción y que, mientras eso sucede tiene que prestarle atención para mantener la gente presa, por lo que no se dedican a continuar la investigación para presentar la acusación oportunamente si hubiera lugar.
Agregó que hay muchas personas en casos de corrupción y de otra naturaleza que tienen probada la constancia de que no se van a dar a la fuga y lo que el Artículo 100 del Código Procesal Penal establece es que como sin procesado no hay proceso, tener asegurada a una persona es para que concurra a todos los actos del procedimiento, es en interés de la justicia para que se agilicen los procesos.