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Empresarios no subirán salarios si no aplican ley clasifica empresas

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El mes pasado se iniciaron las conversaciones entre los integrantes del Comité Nacional de Salarios (CNS) a fin de lograr consenso para incrementar los sueldos mínimos del Sector Privado No Sectorizado.

Pero para que los empleados puedan ver materializado este aumento, el cual no se sabe aún el porcentaje, los sindicalistas y el gobierno tendrán que aceptar aplicar la Ley 187-17 que clasifica las empresas en micro, pequeñas y medianas.

El Ministerio de Trabajo, a través del CNS utiliza una tabla para fijar los salarios de las empresas, a través de la cual establece que el salario mínimo mayor, o sea, el que deben pagar las entidades grandes, que en la actualidad es de RD$15,447.60.

Este salario debe ser pagado en las compañías cuyas instalaciones o existencias, o el conjunto de ambos elementos, igualen o excedan de la cifra de cuatro millones de pesos.

En tanto que, toda empresa que tenga instalaciones o existencias, o el conjunto de ellas por un monto de dos a cuatro millones de pesos, actualmente debe pagar un salario de RD$10,620, que es el del medio de los tres que incluyen la escala del Sector Privado no Sectorizado.

Mientras que el más bajo de la escala del salario mínimo debe pagarse en unidades económicas cuyas instalaciones o existencias, o el conjunto de ellas no excedan de los dos millones de pesos, actualmente es de RD$9,411.60.

Ante esta situación es que los empresarios, principalmente los agrupados en la Confederación Dominicana de la Pequeña y Medina Empresa (Codopyme) exigen que se aplique lo que se conoce como la reclasificación empresarial a la hora de realizar otro aumento salarial.

“No hay ninguna posibilidad de que se apruebe el salario, el incremento cualquiera que sea, que se apruebe una vez más, sin que sea con la clasificación”, expresó Issaachart Burgos, expresidente de Codopyme.

Enfatizó que en el sector privado no aceptarán un incremento salarial basado en los parámetros utilizados por el Ministerio de Trabajo.

La intención con la reclasificación no es bajar los salarios afirman quienes la promueven, sin embargo, sostienen que hay empresas micro y pequeñas, de acuerdo a la definición de la Ley 187-17 que no pueden pagar el salario que de RD$15,447, que según el esquema del Ministerio de Trabajo, les tocaría. “En términos práctico, las micro están pagando el salario mínimo menor, ahora desde el punto de vista legal, desde el punto de vista de lo que establece esa resolución, como no reconoció, ahí hay un limbo, pero las micro empresas ninguna están pagando un salario como las grandes empresas en términos práctico”, indicó Burgos.

La clasificación exigida por las Mipymes, indica que una micro empresa es aquella que tiene de uno a diez empleados y ventas anuales por RD$8 millones.

En tanto, la pequeña es aquella que tenga entre 11 y 50 trabajadores y ventas brutas por hasta los RD$54 millones.

Y una mediana empresa es una entidad que tenga entre 51 y 150 empleados y ventas brutas de hasta RD$202 millones.

Propuesta de Mipymes

El expresidente de Codopyme, quien ha estado siempre al frente de este tema de la reclasificación, dijo que ya ese sector tiene una propuesta que llevará a la próxima reunión del CNS, la cual está pautada para este mes.

Manifestó que esa propuesta se realizó tomando en cuenta los actuales salarios fijados en la resolución del CNS en el 2017.

“No hay ninguna posibilidad de que se apruebe el incremento, cualquiera que sea, sin que se aplique la clasificación”
Issaachart  Burgos 
Expte. Codopyme
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