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La DNCD actualiza tarifas de certificaciones por medicamentos controlados

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SANTO DOMINGO.- La junta directiva de la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD) emitió la Resolución 2024-001, que establece las tarifas cobradas por las certificaciones de inscripción de drogas controladas, clase A y B y los demás servicios que se desprenden de ellos, montos establecidos desde hace 36 años.

Según informó la institución, la actualización entrará en vigor el día 1 de noviembre del año en curso y fue socializada previamente con los sectores involucrados en la materia el 5 de septiembre del presente año.

El informe de la DNCD establece que la socialización participaron representantes de la Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD), Unión de Farmacias, Industria Farmacéutica Dominicana, la Asociación de Industrias Farmacéuticas Dominicanas (Infadomi), la Asociación de Productores Farmacéuticos, la Asociación de Representantes, Agentes y Productores Farmacéuticos (Arapf), Colegio Médico Dominicano (CMD) y los representantes y aliados de la Dirección General de Medicamentos Alimentos y Productos Sanitarios (Digemaps).

Según el consejo directivo, la resolución abarca la emisión y renovación de las certificaciones de inscripción de drogas controladas A y B, los talonarios de recetas para la prescripción de medicamentos que contengan sustancias controladas 2064 y los talonarios para la compra y venta de drogas controladas 2065.

Además, incluye las certificaciones de no objeción, las certificaciones de no control, la emisión de permisos de importación y exportación de sustancias químicas controladas (emitido de forma electrónica a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior), la emisión, sustitución o cancelación de permisos de importación y exportación de sustancias controladas (medicamentos y materias primas, fase I), inclusión de sustancias controladas a la Certificación de Inscripción de Drogas Controladas Clase B, luego de ser emitidas e incineraciones de sustancias controladas vencidas.

De acuerdo con la Ley 50-88 sobre Drogas y Sustancias Controladas, las empresas que requieran la importación de estos productos deben solicitar el permiso cada vez que vaya a realizarla. La vigencia es de 180 días y los permisos son otorgados por la DNCD y el Ministerio de Salud Pública. En el país hay alrededor de 80 medicamentos que deben pasar estos controles.

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